Resolución Directoral N.° 226-2019-JUS/DGDPAJ-DCMA
19 de febrero de 2019
Se le impuso la sanción de multa ascendente a dos (2) URP al Centro de Conciliación Luz de la Verdad por no cumplir el principio de legalidad y de buena fe y no cumplir con las formalidades del trámite. De igual forma se le impuso la sanción de amonestación escrita a la conciliadora Veronica Alejandra del Carmen Espinoza Villaizan por no cumplir con el principio de buena fe y legalidad. Finalmente le impuso la sanción de amonestación escrita al conciliador Michel Fernando Herrera Izaguirre por no cumplir con los principios de legalidad y buena fe.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales DCMA