Resolución Directoral N.° 202-2019-JUS/DGDPAJ-DCMA
14 de febrero de 2019
Se le impuso la sanción de suspensión por un (1) año imputada al conciliador Luigi Enrique Vargas Lopez, por haber tramitado un procedimiento sin la existencia de un conflicto previo. De igual forma se le impuso la sanción de desautorización definitiva al Centro de Conciliación Extrajudicial Conciliare, por no haber actuado de conformidad con los principios éticos prescritos en la Ley.
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