Resolución Directoral N.° 061-2019-JUS/DGDPAJ-DCMA

15 de enero de 2019

Se le impuso la sanción de multa de dos (2) URP al Centro de Conciliación Rymana Wassy, por haber admitir a trámite solicitud sin verificar que se cuenten con los poderes de representación y por no cumplir con los plazos entre la recepció de la invitación y la fecha de audiencia. De igual forma se le impuso amonestación al conciliador Wilfredo Ataurima Quispe por haber consignado más de una fecha de audiencia en la primera invitación y por haber expedido un acta de conciliación en la primera sesión.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales DCMA

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