Resolución N.° 010200912020
4 de noviembre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 01111-2020-JUS/TTAIP de fecha 9 de octubre de 2020, interpuesto por ALBERTO SOTO TABOADA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el HOSPITAL MARÍA AUXILIADORA con fecha 2 de julio de 2020.
Que, mediante la solicitud de acceso a la información pública presentada por el recurrente este requirió a la entidad copias simples de su Historia Clínica en la que deberán estar registradas y anexadas también todos los actos médicos, procedimientos, como mapeo y prueba de esfuerzo, recetas y análisis clínicos realizados;
Que, en este sentido, se advierte que el recurrente solicita acceder a la información que custodia la entidad referida al propio recurrente y que tratándose de datos sobre su salud se enmarcan en el supuesto de datos personales previsto en el numeral 5 del artículo 2 de la Ley de Protección de Datos Personales, requerimiento que constituye el ejercicio del derecho de acceso del titular de datos personales establecido en el artículo 19 de la Ley de Protección de Datos Personales;
Que, mediante la solicitud de acceso a la información pública presentada por el recurrente este requirió a la entidad copias simples de su Historia Clínica en la que deberán estar registradas y anexadas también todos los actos médicos, procedimientos, como mapeo y prueba de esfuerzo, recetas y análisis clínicos realizados;
Que, en este sentido, se advierte que el recurrente solicita acceder a la información que custodia la entidad referida al propio recurrente y que tratándose de datos sobre su salud se enmarcan en el supuesto de datos personales previsto en el numeral 5 del artículo 2 de la Ley de Protección de Datos Personales, requerimiento que constituye el ejercicio del derecho de acceso del titular de datos personales establecido en el artículo 19 de la Ley de Protección de Datos Personales;
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Improcedencia - Primera Sala