Resolución N.° 010200902020
28 de octubre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 01193-2020-JUS/TTAIP de fecha 19 de octubre de 2020, interpuesto por RICARDO DANTE POMA FELIPE contra la Carta N° 000152-2020-DP/SSG/REAINF notificada mediante el correo electrónico de fecha 1 de julio 2020, a través de la cual el DESPACHO PRESIDENCIAL atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada por el recurrente el 25 de junio de 2020, con Registro N° 20-0012281.
El recurrente presenta ante la entidad un reclamo por “(…) irregularidades en transparencia y gestión documentaria”, al señalar que información solicitada es complemento del Decreto de Urgencia N° 052- 2020 y fue “(…) Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil veinte” y refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo y por la Ministra de Economía y Finanzas; razón por la cual, solicitó se le entregue la información solicitada;
El recurrente presenta ante la entidad un reclamo por “(…) irregularidades en transparencia y gestión documentaria”, al señalar que información solicitada es complemento del Decreto de Urgencia N° 052- 2020 y fue “(…) Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil veinte” y refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo y por la Ministra de Economía y Finanzas; razón por la cual, solicitó se le entregue la información solicitada;
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Improcedencia - Primera Sala