Resolución N.° 020200292020
7 de julio de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 00470-2020-JUS/TTAIP de fecha 23 de junio de 2020, interpuesto por el SINDICATO DE DOCENTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR DEL PERÚ, representado por su Secretario General, Félix Maximiliano Cruz Gutiérrez, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “PEDRO P. DÍAZ” con fecha 22 de mayo de 2020.
Que, de autos se advierte que la solicitud de acceso a la información pública fue presentada por el recurrente ante la entidad con fecha 22 de mayo de 2020, mientras que el recurso de apelación contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública fue presentado por el recurrente el 23 de junio de 2020;
Que, de autos se advierte que la solicitud de acceso a la información pública fue presentada por el recurrente ante la entidad con fecha 22 de mayo de 2020, mientras que el recurso de apelación contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública fue presentado por el recurrente el 23 de junio de 2020;
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Improcedencia - Segunda Sala