Resolución N.° 010200372020

28 de febrero de 2020

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00245-2020-JUS/TTAI P de fecha 12 de febrero de 2020, interpuesto por LILY SONIA LIMACHE MAMANl contra la respuesta contenida en la Carta Nº 57-UF-OA-GRATA-ESSALUD-2020 emitida por la RED ASISTENCIAL TACNA - ESSALUD con fecha 20 de enero de 2020.

La recurrente solicita acceder a la información sobre una serie de documentos vinculados a una liquidación de prestaciones de salud que recaen sobre su persona, dicha información, en virtud a lo señalado por el Tribunal Constitucional corresponde a una información que le concierne, y que por lo mismo forma parte de su derecho a la autodeterminación informativa previsto en el artículo 19º de la Ley de Protección de Datos Personales, y no como parte del derecho de acceso a la información pública;

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Improcedencia - Primera Sala

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