Resolución N.° 010200272020
31 de enero de 2020
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00144-2020-JUS/TTAIP de fecha 24 de enero de 2020, interpuesto por Luis Rafael León Bazán, en su condición de Director de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 80840 - ASCOPE, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de sus solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL ASCOPE con fechas 3 y 7 de enero de 2020 .
Que, se advierte de autos que la solicitud presentada por Luis Rafael León Bazán fue suscrita en su condición de Director de la Institución Educativa Nº 80840 - Ascope, al haber utilizado papel membretado y el respectivo sello que lo identifica como funcionario público, requiriendo la siguiente información:
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Que, se advierte de autos que la solicitud presentada por Luis Rafael León Bazán fue suscrita en su condición de Director de la Institución Educativa Nº 80840 - Ascope, al haber utilizado papel membretado y el respectivo sello que lo identifica como funcionario público, requiriendo la siguiente información:

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Improcedencia - Primera Sala