Resolución N.° 000872-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
23 de abril de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 00628-2021-JUS/TTAIP de fecha 26 de marzo de 2021, interpuesto por DELIZ ARMANDO VENTURA LLONTOP contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAYANCA con fecha 5 de marzo de 2021.
Con fecha 5 de marzo de 2021, el recurrente solicitó a la entidad, mediante la Carta N° 025-2021/DAVLL, se remita a su correo electrónico, la siguiente información: “Actas de Sesión de Consejo Municipal realizadas durante el periodo del 01 de enero de 2019 al 31 de enero del 2021”. (sic)
Con fecha 26 de marzo de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 000743-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales, al vencimiento del plazo de ley otorgado, no se han presentado.
Con fecha 5 de marzo de 2021, el recurrente solicitó a la entidad, mediante la Carta N° 025-2021/DAVLL, se remita a su correo electrónico, la siguiente información: “Actas de Sesión de Consejo Municipal realizadas durante el periodo del 01 de enero de 2019 al 31 de enero del 2021”. (sic)
Con fecha 26 de marzo de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 000743-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales, al vencimiento del plazo de ley otorgado, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala