Resolución N.° 000782-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
14 de abril de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00437-2021-JUS/TTAIP de fecha 8 de marzo de 2021, interpuesto por GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA de fecha 19 de enero de 2021.
Con fecha 19 de enero de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad que se le remita a su correo electrónico: “(...) copias de todo lo actuado en el procedimiento sancionador, ya concluido por Resolución de Gerencia Municipal N° 018-2019-GM/MDB de 20.5.2019, que confirmó la Resolución de Sanción Administrativa N° 1069-2018-SGFA/GM/MDB 21.12.2018 (...).”
Con fecha 8 de marzo de 2021, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000603-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Con fecha 19 de enero de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad que se le remita a su correo electrónico: “(...) copias de todo lo actuado en el procedimiento sancionador, ya concluido por Resolución de Gerencia Municipal N° 018-2019-GM/MDB de 20.5.2019, que confirmó la Resolución de Sanción Administrativa N° 1069-2018-SGFA/GM/MDB 21.12.2018 (...).”
Con fecha 8 de marzo de 2021, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000603-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala