Resolución N.° 000774-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
13 de abril de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00489-2021-JUS/TTAIP de fecha 12 de marzo de 2021, interpuesto por DARWIN FERNANDO PADILLA LOAYZA contra la Carta Nº 18-2021-LTAIP-SG-MDB de fecha 9 de febrero de 2021, a través de la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA, atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con Registro Nº 2021-01304 de fecha 27 de enero de 2021.
Con fecha 27 de enero de 2021 el recurrente solicitó a la entidad: “[c]opia fedateada del informe u otro documento emitido por el Sr. Alcalde José Dalton Li Bravo, donde informe al Concejo Municipal respecto a la recaudación de los ingresos municipales del mes de junio de 2019.”
Mediante la Carta N° 18-2021-LTAIP-SG-MDB, notificada el 5 de marzo de 2021, la entidad brinda atención a la solicitud del recurrente adjuntando en la misma el Informe N° 122-2021-SGRCT-GR/MDB, de fecha 3 de febrero de 2021, en el cual se señala “sobre la solicitud de copia fedateada del informe u otro documento emitido por el Sr. Alcalde José Dalton Li Bravo, donde informe al Concejo Municipal respecto a la recaudación de los ingresos municipales, de los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, noviembre, diciembre del año 2019, dicha información suscrita por el Alcalde no se encuentra en esta Subgerencia de Recaudación y Control Tributario (…) En ese sentido (...) se sugiere a su despacho que los mismos sean requeridos a las oficinas competentes como deben ser la Comisión de Economía, Presupuesto y Planificación del Consejo Municipal de Breña, Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPMI o Cooperación Interinstitucional o la misma oficina de Alcaldía”.
Asimismo, en la misma carta se le adjunta el Memorando N° 070-2021-MDB/GPPROPMICI, de fecha 8 de febrero de 2021, emitido por la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización OPMI y Cooperación Institucional, en el cual se indica “esta GPPROPMICI ha tomado conocimiento de los documentos de lareferencia mediante los cuales la Secretaría General está solicitando información requerida por el sr. Darwin Fernando Padilla Loayza referente a algún documento que se constate que el Alcalde ha informado al Concejo Municipal, la recaudación de los meses de Mayo a Dic 2019. Al respecto esta GPPROPMICI, mediante el Informe N° 115-2019-GPPROPMICI del 14OCT2019 cuya copia se adjunta ha informado a la Gerencia Municipal, la recaudación de los meses de Enero a Agosto 2019 (…). Los datos de los siguientes meses y en forma consolidada se ha dado a través de la sustentación del Presupuesto 2020 en sesión de Concejo del 20 DIC 2019 además de la aprobación del Balance y Memoria Anual 2019, la cual ha sido aprobada por el Concejo Municipal, en el mes de Marzo 2020, cuya información se remitió al Ministerio de Economía y Finanzas (…)”.
Con fecha 27 de enero de 2021 el recurrente solicitó a la entidad: “[c]opia fedateada del informe u otro documento emitido por el Sr. Alcalde José Dalton Li Bravo, donde informe al Concejo Municipal respecto a la recaudación de los ingresos municipales del mes de junio de 2019.”
Mediante la Carta N° 18-2021-LTAIP-SG-MDB, notificada el 5 de marzo de 2021, la entidad brinda atención a la solicitud del recurrente adjuntando en la misma el Informe N° 122-2021-SGRCT-GR/MDB, de fecha 3 de febrero de 2021, en el cual se señala “sobre la solicitud de copia fedateada del informe u otro documento emitido por el Sr. Alcalde José Dalton Li Bravo, donde informe al Concejo Municipal respecto a la recaudación de los ingresos municipales, de los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, noviembre, diciembre del año 2019, dicha información suscrita por el Alcalde no se encuentra en esta Subgerencia de Recaudación y Control Tributario (…) En ese sentido (...) se sugiere a su despacho que los mismos sean requeridos a las oficinas competentes como deben ser la Comisión de Economía, Presupuesto y Planificación del Consejo Municipal de Breña, Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPMI o Cooperación Interinstitucional o la misma oficina de Alcaldía”.
Asimismo, en la misma carta se le adjunta el Memorando N° 070-2021-MDB/GPPROPMICI, de fecha 8 de febrero de 2021, emitido por la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización OPMI y Cooperación Institucional, en el cual se indica “esta GPPROPMICI ha tomado conocimiento de los documentos de lareferencia mediante los cuales la Secretaría General está solicitando información requerida por el sr. Darwin Fernando Padilla Loayza referente a algún documento que se constate que el Alcalde ha informado al Concejo Municipal, la recaudación de los meses de Mayo a Dic 2019. Al respecto esta GPPROPMICI, mediante el Informe N° 115-2019-GPPROPMICI del 14OCT2019 cuya copia se adjunta ha informado a la Gerencia Municipal, la recaudación de los meses de Enero a Agosto 2019 (…). Los datos de los siguientes meses y en forma consolidada se ha dado a través de la sustentación del Presupuesto 2020 en sesión de Concejo del 20 DIC 2019 además de la aprobación del Balance y Memoria Anual 2019, la cual ha sido aprobada por el Concejo Municipal, en el mes de Marzo 2020, cuya información se remitió al Ministerio de Economía y Finanzas (…)”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala