Resolución N.° 000519-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
10 de marzo de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00088-2021-JUS/TTAIP de fecha 15 de enero de 2021, interpuesto por JORGE ARTURO PAZ MEDINA contra la Carta N° 651-GRAAR-ESSALUD-2020 de fecha 10 de diciembre de 2020, mediante la cual la RED ASISTENCIAL AREQUIPA - ESSALUD, atendió su solicitud de acceso a la información pública con NIT 1158-2019-143 que le fue reencausada con fecha 2 de setiembre de 2020.
Mediante el correo electrónico de fecha 1 de setiembre de 2020, recibido con fecha 2 de setiembre de 2020, el Seguro Social de Salud – ESSALUD reencausó a la Red Asistencial de Arequipa – Essalud, la solicitud de acceso a la información pública del recurrente, señalando que, “(…) en el marco de lo establecido en la Resolución de Gerencia General N° 513-GG-ESSALUD-2020 que dispone medidas excepcionales en la gestión documental en ESSALUD, remito para la atención que corresponda la solicitud de Arturo Paz Medina, la cual ha sido registrada en el NIT N° 1158-2019-143”, la misma que contiene los siguientes requerimientos:
“1. Proveído N" 6986 de Gerencia General de fecha 06 de junio del 2019.
2. Correo electrónico de RAARE de fecha 12 de junio del 2019.
3. Resolución 395 - GCGP - EsSalud-2017.
4. Resolución N'*254 - PE- EsSalud -2017.
5. Fotocopia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva que aprobó la Directiva N" 16 - GG - 2016.
6. La Resolución que lo declara ganador de Concurso al doctor Juan Félix Martínez Maraza para ingresar a la Institución como inspector en el año 1974 y fotocopia de su primer contrato.
7. El documento que se consigna su experiencia laboral general de 24 años y cinco (05) meses en la Red Asistencial Arequipa del Seguro Social de Salud EsSalud.
8. El documento donde se consigna la experiencia específica del doctor Juan Martínez Maraza A diez (10) años 5 (05) meses de experiencia laboral en funciones similares o equivalentes en las Red Asistencial Arequipa del Seguro Social de Salud EsSalud.
9. El documento donde se consigna la experiencia específica del doctor Juan Martínez Maraza B diez (10) años, cinco (05) meses de experiencia laboral vinculada al puesto a desempeñar en el sector público.
10. Las declaraciones juradas (formato 1 y 2 ejecutivos) del doctor Juan Félix Martínez Maraza que alcanzó el personal de la Red Asistencia! Arequipa.
11. El documento de la base de datos de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica si el postulante (Juan Martínez Maraza) ha denunciado a nuestra Institución y viceversa del sistema de procesos judiciales SISPROJ y sus documentos sustentatorios y los reportes alcanzados que están en el expediente.
12. La Resolución por Comisión de Servicios de los abogados Juan Félix Martínez Maraza y de la abogada Rosa Torres Villanueva para venir a Lima a revisar los expedientes del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública que había citado para el informe oral del 04 de septiembre del 2019 y entrevistarse con los Vocales de este Tribunal.
13. La Resolución del Gerente General y/o Gerente Central de operaciones sobre el informe de auditoría interna y examen especial de verificación de las denuncias contra el doctor Alejandro Saenz Chávez GRAAR y Juan Félix Martínez Maraza jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos y otros en diciembre del 2002 la Resolución sancionadora.
14. La Resolución emitida por el exjuez Alejandro Saenz Chávez Gerente de la Red Asistencial Arequipa el año 2001 y del abogado Juan Félix Martínez Maraza jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la GRAAR modificando la Sentencia del Poder Judicial de fecha 19 de febrero del 2001 que los devengados se pagarán a partir del primero de enero de 1998 y no del 17 de julio de 1992 y el documento que mandó al archivo las cartas N' 1203-GCAJ-2001 y la carta N" 228-PE-2001 del doctor Ignacio Basombrío Zender Presidente Ejecutivo de EsSalud.
15. Fotocopia del formato de evaluación curricular visado que está en el expediente.
16. La Sentencia del Poder Judicial que lo reconoce al doctor Juan Félix Martínez Maraza como Ejecutor Coactivo y la Institución le ha tenido que pagar la diferencia remunerativa.
17. La carrera administrativa del abogado Juan Félix Martínez Maraza”. (sic)
Mediante el correo electrónico de fecha 1 de setiembre de 2020, recibido con fecha 2 de setiembre de 2020, el Seguro Social de Salud – ESSALUD reencausó a la Red Asistencial de Arequipa – Essalud, la solicitud de acceso a la información pública del recurrente, señalando que, “(…) en el marco de lo establecido en la Resolución de Gerencia General N° 513-GG-ESSALUD-2020 que dispone medidas excepcionales en la gestión documental en ESSALUD, remito para la atención que corresponda la solicitud de Arturo Paz Medina, la cual ha sido registrada en el NIT N° 1158-2019-143”, la misma que contiene los siguientes requerimientos:
“1. Proveído N" 6986 de Gerencia General de fecha 06 de junio del 2019.
2. Correo electrónico de RAARE de fecha 12 de junio del 2019.
3. Resolución 395 - GCGP - EsSalud-2017.
4. Resolución N'*254 - PE- EsSalud -2017.
5. Fotocopia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva que aprobó la Directiva N" 16 - GG - 2016.
6. La Resolución que lo declara ganador de Concurso al doctor Juan Félix Martínez Maraza para ingresar a la Institución como inspector en el año 1974 y fotocopia de su primer contrato.
7. El documento que se consigna su experiencia laboral general de 24 años y cinco (05) meses en la Red Asistencial Arequipa del Seguro Social de Salud EsSalud.
8. El documento donde se consigna la experiencia específica del doctor Juan Martínez Maraza A diez (10) años 5 (05) meses de experiencia laboral en funciones similares o equivalentes en las Red Asistencial Arequipa del Seguro Social de Salud EsSalud.
9. El documento donde se consigna la experiencia específica del doctor Juan Martínez Maraza B diez (10) años, cinco (05) meses de experiencia laboral vinculada al puesto a desempeñar en el sector público.
10. Las declaraciones juradas (formato 1 y 2 ejecutivos) del doctor Juan Félix Martínez Maraza que alcanzó el personal de la Red Asistencia! Arequipa.
11. El documento de la base de datos de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica si el postulante (Juan Martínez Maraza) ha denunciado a nuestra Institución y viceversa del sistema de procesos judiciales SISPROJ y sus documentos sustentatorios y los reportes alcanzados que están en el expediente.
12. La Resolución por Comisión de Servicios de los abogados Juan Félix Martínez Maraza y de la abogada Rosa Torres Villanueva para venir a Lima a revisar los expedientes del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública que había citado para el informe oral del 04 de septiembre del 2019 y entrevistarse con los Vocales de este Tribunal.
13. La Resolución del Gerente General y/o Gerente Central de operaciones sobre el informe de auditoría interna y examen especial de verificación de las denuncias contra el doctor Alejandro Saenz Chávez GRAAR y Juan Félix Martínez Maraza jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos y otros en diciembre del 2002 la Resolución sancionadora.
14. La Resolución emitida por el exjuez Alejandro Saenz Chávez Gerente de la Red Asistencial Arequipa el año 2001 y del abogado Juan Félix Martínez Maraza jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la GRAAR modificando la Sentencia del Poder Judicial de fecha 19 de febrero del 2001 que los devengados se pagarán a partir del primero de enero de 1998 y no del 17 de julio de 1992 y el documento que mandó al archivo las cartas N' 1203-GCAJ-2001 y la carta N" 228-PE-2001 del doctor Ignacio Basombrío Zender Presidente Ejecutivo de EsSalud.
15. Fotocopia del formato de evaluación curricular visado que está en el expediente.
16. La Sentencia del Poder Judicial que lo reconoce al doctor Juan Félix Martínez Maraza como Ejecutor Coactivo y la Institución le ha tenido que pagar la diferencia remunerativa.
17. La carrera administrativa del abogado Juan Félix Martínez Maraza”. (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala