Resolución N.° 000584-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

17 de marzo de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01771-2020-JUS/TTAIP de fecha 30 de diciembre de 2020, interpuesto por MARIO MIRANDA QUINTANILLA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL AREQUIPA NORTE con Documento N° 2741167 y Expediente N° 1812769 de fecha 27 de diciembre de 2019.
Con fecha 27 de diciembre de 2019, el recurrente solicitó a la entidad “(…) copia del Informe Mensual de Inasistencias, Tardanzas y Licencias del Personal Directivo. Docente y Administrativo de la Institución Educativa N° 40202 CHARLOTTE correspondiente a los meses de ENERO a AGOSTO y OCTUBRE 2019”.
Con fecha 23 de enero de 2020, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada su solicitud por no mediar respuesta dentro del plazo legal.
Mediante la Resolución N° 000432-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el referido recurso de apelación y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya remitido documentación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

Vista preliminar de documento Resolución Nº 000584-2021-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA.pdf

Resolución Nº 000584-2021-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA.pdf

PDF
204.4 KB