Resolución N.° 000468-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

4 de marzo de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 00251-2021-JUS/TTAIP de fecha 3 de febrero de 2021, interpuesto por CARLOS HUMBERTO CAMPOS SEMINARIO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA con fecha 15 de enero de 2021.
Con fecha 15 de enero de 2021 el recurrente solicitó a la entidad copias simples de la siguiente documentación:
“1. Propuesta presentada por el Consorcio Trujillo, ganador del Proceso de Selección AS-SM-23-2019-MPS-CS-1, para supervisión de la Obra “Mejoramiento del Servicio de Educación de la II.E. 15085-Javier Pérez de Cuellar, en el A.H. Villa Primavera, distrito de Sullana, provincia de Sullana, departamento de Piura” Código SNIP 364296, Código único 2327905.
2. Documentos para la suscripción del contrato, presentados por el Consorcio Trujillo, ganador del proceso mencionado en el numeral anterior.
3. Copia simple del Informe de verificación de la Oferta ganadora del mismo proceso, realizado por el órgano encargado de las contrataciones, de acuerdo a Ley”.
Con fecha 3 de febrero de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000378-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Mediante la Carta N° 001-2021/MPS-SG.SGAyOC, ingresado a esta instancia el 4 de marzo de 2021, la entidad remite el expediente administrativo generado para la atención de su solicitud, y formula sus descargos manifestando: “2.1. Se derivó el expediente N° 1881 de fecha 15.01.2021 llegó al Comité Especial Permanente de adjudicación de obras/MPS el 18.01.2021 y mediante Informe N° 033-2020/MPS-GDS-SG-SPyRC de fecha 18.01.2021, para atender lo solicitado.
2.2.La Subgerencia de Salud, Población y Registro Civil reitera la solicitud de información mediante el Informe N° 057-2021/MPS-GDS-SG-SPyRC con fecha 29.01.2021, siendo atendido por el COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE DE ADJUDICACIÓN DE OBRAS/MPS mediante el Informe N° 193-2021/MPS-OGAyF-OA, deriva la información a La Sub Gerencia de Salud de Población y Registro Civil recepcionándolo el 09.02.2021 y mediante Oficio N° 32-2021/MPS-GDS-SG-SPyRC de fecha 11.02’2021, se adjunta la información solicitada por el administrado”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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