Resolución N.° 000640-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
31 de marzo de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 00265-2021-JUS/TTAIP de fecha 8 de febrero de 2021, interpuesto por FANNY ROCIO CEVALLOS HERRERA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION LETICIA el 8 de enero de 2021, generando el Expediente N° 018-2021.
Con fecha 8 de enero de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad copias simples de lo siguiente:
“(…),
1. - FERRETERÍA MARANATHA EIRL
2. - SERVICIOS MULTIPLES LANDEO SAC
Se solicita todos los documentos administrativos tales como facturas, boletas de venta y/o recibos por honorarios, requerimientos del área usuaria, conformidad del servicio y/o entrega, destino de los materiales, es decir a que obra se afecto, copias de todos los comprobantes de pagos, contratos y ordenes de servicios. documentos del año 2013.”
El 8 de febrero de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 000232-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 8 de enero de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad copias simples de lo siguiente:
“(…),
1. - FERRETERÍA MARANATHA EIRL
2. - SERVICIOS MULTIPLES LANDEO SAC
Se solicita todos los documentos administrativos tales como facturas, boletas de venta y/o recibos por honorarios, requerimientos del área usuaria, conformidad del servicio y/o entrega, destino de los materiales, es decir a que obra se afecto, copias de todos los comprobantes de pagos, contratos y ordenes de servicios. documentos del año 2013.”
El 8 de febrero de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 000232-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala