Resolución N.° 000437-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

3 de marzo de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 00067-2021-JUS/TTAIP de fecha 12 de enero de 2021, interpuesto por ELMER ALBERTO SIFUENTES ASENCIOS contra el correo de fecha 10 de diciembre de 2020 mediante el cual la UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE HUARI – UGEL HUARI denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada en la misma fecha
Con fecha 10 de diciembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad lo siguiente: “a) La situación laboral, modalidad de contrato, tiempo de contrato, lugar donde presta servicios la persona de YESSICA ROSMERI SIFUENTES ASENCIOS. b) Copia digitalizada del expediente EXT2020001189 y otros en proceso en los que se encuentra la persona de YESSICA ROSMERI SIFUENTES ASENCIOS. c) Señala los causales por las que su representada se encuentra exento o no los cumple de los dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1246, Respecto a la simplificación administrativa. d) Señale el procedimiento, vía, etapa y plazos en los que se encuentra el proceso seguido por la ciudadana YESSICA ROSMERI SIFUENTES ASENCIOS.”
Mediante correo electrónico de fecha 10 de diciembre de 2020 la entidad requirió al solicitante la presentación de documentos adicionales a su pedido, comunicación que fue considerada por el administrado como una denegatoria a su solicitud.
Con fecha 15 de diciembre de 2020 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, señalando que la entidad denegó indebidamente su solicitud.
Mediante Resolución 000244-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos sin que a la fecha se haya recibido comunicación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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