Resolución N.° 000408-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
2 de marzo de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 00037-2021-JUS/TTAIP de fecha 7 de enero de 2021, interpuesto por FERNANDO PAOLO HUAYTA ANCHAYHUA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el PODER JUDICIAL con fecha el 14 de diciembre de 2020.
Con fecha el 14 de diciembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“SOLICITO LA RELACIÓN DONDE FIGUREN LOS NÚMEROS DE EXPEDIENTES DE TODOS LOS PROCESOS CIVILES Y PENALES A NIVEL NACIONAL INICIADOS ENTRE LOS AÑOS 1998 AL 2020 EN LOS CUALES LAS PERSONAS JURIDICAS SEÑALADAS EN EL ARCHIVO PDF ADJUNTO TENGAN LA CALIDAD DE DEMANDADOS (PROCESOS CIVILES) O TERCEROS CIVILMENTE RESPONSABLES (PROCESOS PENALES)”.
Con fecha 7 de enero de 2021 al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 000196-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos los cuales fueron ingresados a esta instancia mediante Oficio N°000001-2021-TDA-SG-GG-PJ de fecha 2 de marzo de 2021, a través del cual refiere que entregó la información solicitada al recurrente.
Con fecha el 14 de diciembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“SOLICITO LA RELACIÓN DONDE FIGUREN LOS NÚMEROS DE EXPEDIENTES DE TODOS LOS PROCESOS CIVILES Y PENALES A NIVEL NACIONAL INICIADOS ENTRE LOS AÑOS 1998 AL 2020 EN LOS CUALES LAS PERSONAS JURIDICAS SEÑALADAS EN EL ARCHIVO PDF ADJUNTO TENGAN LA CALIDAD DE DEMANDADOS (PROCESOS CIVILES) O TERCEROS CIVILMENTE RESPONSABLES (PROCESOS PENALES)”.
Con fecha 7 de enero de 2021 al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 000196-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos los cuales fueron ingresados a esta instancia mediante Oficio N°000001-2021-TDA-SG-GG-PJ de fecha 2 de marzo de 2021, a través del cual refiere que entregó la información solicitada al recurrente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala