Resolución N.° 000341-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

22 de febrero de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 00217-2021-JUS/TTAIP de fecha 28 de enero de 2021, interpuesto por OSCAR LENIN ESPINOZA HURTADO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la ESCUELA DE EDUCACIÓN SUPERIOR TÉCNICO PROFESIONAL PNP "SAN BARTOLO", de fecha 29 de setiembre de 2020.
Con fecha 29 de setiembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad: “Base legal o documento de acción policial, donde se basa para exponer los requisitos, para ocupar vacante como docente en la EESTP-PNP-SB. Respuesta del motivo de la solicitud presentado por el suscrito al correo convocatoriadocentesb@gmail.com”.
Con fecha 28 de enero de 2021 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, señalando que la entidad denegó la información solicitada.
Mediante la Resolución 000207-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos los cuales fueron ingresados a esta instancia el 12 de febrero de 2021 mediante el Oficio N° 016-2021-EENFP-PNP-EESTPP-SB-SEC, a través del cual se indica que mediante correo electrónico del 11 de octubre de 2020 atendió el pedido de acceso a la información pública brindando la información solicitada.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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