Resolución N.° 000152-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

1 de febrero de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00027-2021-JUS/TTAIP de fecha 6 de enero de 2021, interpuesto por FERNANDO OSORES PLENGE, contra la respuesta contenida en el correo electrónico de fecha 30 de diciembre de 2020, a través de los cuales el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD atendió la solicitud de acceso a la información pública número V0766-20-INS, contenida en el Registro N° 00025060-20.
En ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, y en atención a la solicitud de acceso a la información pública número V0766-20-INS, contenida en el Registro N° 00025060-20, el recurrente requirió a la entidad se le proporcione en CD la siguiente información:
“(…)
1. Informe-00272-2019-OEP-OGA/INS y todos sus documentos anexos incluyendo la nota informativa N° 120-2019-JAC-DEMYPT-CENSOPAS/INS, adjuntando la Nota Informativa N° 235-2019-DEMYPTCENSOPAS/INS, finalmente con el Memorando N° 553-2019-DG-CENSOPAS/INS.
2. Informe-06-2019-PRLV y todos sus documentos anexos según consta en la hoja de Tramite Documentario Reg: 00010365-2015 Pág 155/158.”.
A través del correo electrónico de fecha 30 de diciembre de 2020, la entidad comunicó al recurrente lo siguiente:
“(…)
1. INFORME-00272-2019-OEP-OGA/INS Y TODOS SUS DOCUMENTOS ANEXOS
A (archivo en pdf, de 24 folios).
2. INFORME-06-2019-PRLV Y TOOOS SUS DOCUMENTOS ANEXOS SEGÚN CONSTA EN LA HOJA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO) Reg: 00010365-2015 Pág 155/158, (archivo en pdf, de 06 folios).
La solicitud de información ha sido atendida con Memorando N° 865-2020-DG-CENSOPAS/INS que contiene la Nota Informativa N° 300-2020-CCHL-DG-CENSOPAS-INS, emitido por el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud – CENSOPAS y por la Oficina Ejecutiva de Personal de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, dando por este medio la atención de acuerdo al TUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública.”
Al respecto, la entidad a través del Memorando N° 865-2020-DG-CENSOPAS/INS, al cual se adjunta la Nota Informativa N° 300-2020-CCHL-DG-CENSOPAS-INS, señala que en cuanto al ítem 2 de la solicitud “(…) se remite el documento solicitado (06 FOLIOS) Cabe agregar, que los adjuntos son Informes de Resultados de análisis, en tal sentido, al ser información relacionada a la salud, es considerada información confidencial y se encuentra dentro de las excepciones al acceso a la información pública”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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