Resolución N.° 000100-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
25 de enero de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 01439-2020-JUS/TTAIP de fecha 16 de noviembre de 2020, interpuesto por NAZARIO PALOMINO JAYO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO mediante Registro N° 10203 de fecha 13 de octubre de 2020.
Con fecha 13 de octubre de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la documentación que a continuación se detalla:
“PRIMERO. Copia de la Contrata de la municipalidad con el CONSORCIO VIAS LIMA, para la ejecución de remodelación de la plaza mayor, construcción de pistas y veredas, entre otros en la Urbanización de la CORPORACIÓN.
SEGUNDO: Contrata de mejoramiento del servicio de transpirabilidad vehicular y peatonal en las calles internas del pueblo joven provivienda El Agustino VII zona, con la empresa CONSORCIO LOS JARDINES DE EL AGUSTINO.”
Con fecha 16 de noviembre de 2020, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 020106612020 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos. Al respecto, mediante la Carta N° 062-2021-SEGE-AIP-MDEA ingresada con fecha 25 de enero de 2021, la entidad, haciendo referencia al requerimiento del administrado, señaló lo siguiente:
“Sobre el particular adjunto (...) copia de las Cartas N° 046-2021-SEGE-MDEA y Carta N° 046-A-2021-SEGE de fecha 14/ENE/2021, a través del cual la Municipalidad cumplió con entregar (...) la información solicitada, el mismo que se refiere a:
1.- COPIA DEL CONTRATO N° 023-2019-MDEA: EJECUCIÓN DE LA OBRA “MEJORAMIENTO INTEGRAL EN LAS VÍAS INTERNAS DE LA URBANIZACIÓN POPULAR EL AGUSTINO (LA CORPORACIÓN) CENTRO POBLADO EL AGUSTINO, PROVINCIA DE LIMA, REGION LIMA”.
2.- COPIA DEL CONTRATO N° 006-2020-MDEA: EJECUCIÓN DE LA OBRA “MEJORAMIENTO SE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL, EN LAS CALLES INTERNAS DEL PUEBLO JOVEN PROVIVIENDA EL AGUSTINO VII ZONA CENTRO POBLADO DE EL AGUSTINO - LIMA - LIMA”.
Con fecha 13 de octubre de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la documentación que a continuación se detalla:
“PRIMERO. Copia de la Contrata de la municipalidad con el CONSORCIO VIAS LIMA, para la ejecución de remodelación de la plaza mayor, construcción de pistas y veredas, entre otros en la Urbanización de la CORPORACIÓN.
SEGUNDO: Contrata de mejoramiento del servicio de transpirabilidad vehicular y peatonal en las calles internas del pueblo joven provivienda El Agustino VII zona, con la empresa CONSORCIO LOS JARDINES DE EL AGUSTINO.”
Con fecha 16 de noviembre de 2020, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 020106612020 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos. Al respecto, mediante la Carta N° 062-2021-SEGE-AIP-MDEA ingresada con fecha 25 de enero de 2021, la entidad, haciendo referencia al requerimiento del administrado, señaló lo siguiente:
“Sobre el particular adjunto (...) copia de las Cartas N° 046-2021-SEGE-MDEA y Carta N° 046-A-2021-SEGE de fecha 14/ENE/2021, a través del cual la Municipalidad cumplió con entregar (...) la información solicitada, el mismo que se refiere a:
1.- COPIA DEL CONTRATO N° 023-2019-MDEA: EJECUCIÓN DE LA OBRA “MEJORAMIENTO INTEGRAL EN LAS VÍAS INTERNAS DE LA URBANIZACIÓN POPULAR EL AGUSTINO (LA CORPORACIÓN) CENTRO POBLADO EL AGUSTINO, PROVINCIA DE LIMA, REGION LIMA”.
2.- COPIA DEL CONTRATO N° 006-2020-MDEA: EJECUCIÓN DE LA OBRA “MEJORAMIENTO SE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL, EN LAS CALLES INTERNAS DEL PUEBLO JOVEN PROVIVIENDA EL AGUSTINO VII ZONA CENTRO POBLADO DE EL AGUSTINO - LIMA - LIMA”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala