Resolución N.° 020305352020

10 de diciembre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01210-2020-JUS/TTAIP de fecha 20 de octubre de 2020, interpuesto por JHONATAN MICHAEL VILDOSO LIMACHE contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA mediante Expediente N° 2020-75050 de fecha 5 de octubre de 2020.

El recurrente solicitó a la entidad le expida en medio magnético (CD o DVD) copia simple de la documentación que a continuación se detalla:

“(...) todos los informes de control de auditoria de cumplimiento emitidos por el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Tacna durante los años 2017 a 2020 (Debidamente con todos sus documentos (Carpeta de Servicio, Plan de Auditoria, Oficio de Acreditación, Oficio de cambio de los miembros de la comisión en caso corresponda, Anexos y/o Apéndices al informe, Oficio de remisión del informe al Titular de la Entidad, Oficio de remisión del informe al Órgano Instructor y/o Sancionador de la Contraloría, así como los documentos recibidos por estos últimos en caso se hayan Aprobados, Modificados o Desestimados). (...) todos los informes de control de especifico a hechos con presunta responsabilidad emitidos por el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Tacna durante los años 2017 a 2020 (Debidamente con todos sus documentos (Carpeta de Servicio, Plan de Auditoria, Oficio de Acreditación, Oficio de cambio de los miembros de la comisión en caso corresponda, Anexos y/o Apéndices al informe, Oficio de remisión del informe al Titular de la Entidad, Oficio de remisión del informe al Órgano Instructor y/o Sancionador de la Contraloría, así como los documentos recibidos por estos últimos en caso se hayan Aprobados, Modificados o Desestimados).” (sic)

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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