Resolución N.° 020305302020

9 de diciembre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación N° 01145-2020-JUS/TTAIP de fecha 13 de octubre de 2020, interpuesto por GEORGINA LUCIOLA LUCIA DE GUIMARAES SAAVEDRA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA con fecha 7 de setiembre de 2020 con Registro N° 14697-2020.

La recurrente solicitó a la entidad que le brinde:

“Copia Fedateada del Expediente Completo del Procedimiento Administrativo de Declaración de Propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio del ASENTAMIENTO HUMANO “EL ROSAL”, Inscrita en la PE 18942 de los Registros Públicos. La Información solicitada comprende las etapas siguientes:
1 Presentación de la Solicitud;
2 Calificación de la Solicitud;
3 Levantamiento de Información en Campo:
4 Diagnóstico Técnico y Legal;
5 Asamblea Ratificatoria de la Solicitud;
6 Anotación Preventiva de la Solicitud;
7 Notificación de la pretensión;
8 Elaboración de Planos; y
9 Emisión de Resolución e inscripción
10 otros.”
(sic)

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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