Resolución N.° 020305172020

2 de diciembre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación N° 01255-2020-JUS/TTAIP de fecha 26 de octubre de 2020, interpuesto por NAZARIO MANUEL ORELLANA ANDIA contra el correo electrónico de fecha 23 de octubre de 2020, por el cual la MARINA DE GUERRA DEL PERÚ denegó sus solicitudes de acceso a la información pública de fecha 22 de octubre de 2020 con Expediente N° 2020-00467 y de fecha 23 de octubre de 2020 con Expediente N° 2020-00468.

El recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico “Copia Resolución Jefatural N° 588-2017-MGP/DEP, de fecha 11 de diciembre de 2017, del Jefe del Departamento de Expedientes y Pensiones de Diperadmon” y con fecha 23 de octubre de 2020 solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico “Copia Resolución Directoral N° 1794-2017- MGP/DAP, de fecha 10 de noviembre 2017, de Diperadmon y el Escrito de la demanda presentada por la parte demandante”. Además, el recurrente precisa que “los documentos citados se encuentran en un expediente judicial N° Expediente N° 05048-2018-0-1801-JR-LA-74, Demandado Diperadmon”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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