Resolución N.° 020304502020

6 de noviembre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00841-2020-JUS/TTAIP de fecha 3 de setiembre de 2020, interpuesto por MERY JEANETTE MIMBELA DIAZ contra la Carta Nº 222- GRPR-EsSalud-2020 de fecha 19 de agosto de 2020, emitida por la RED PRESTACIONAL REBAGLIATI - ESSALUD mediante la cual denegó su solicitud de acceso a la información pública remitida a través de la Solicitud Virtual Nº 000535 de fecha 3 de agosto de 2020 .

La recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la siguiente información: “la relación del personal médico, enfermeras, obstetras y tecnólogos médicos de la Red Prestacional Rebagliati, con vínculo laboral hasta el 31 de julio de 2020, y con los siguientes datos: 1) Nombre y apellidos, 2) Régimen laboral (276, 728 y CAS), 3) Fecha de inicio de labores bajo el régimen laboral; 4) Establecimiento de salud; 5) Cargo y, 6) Nivel.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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