Resolución N.° 020302552020
28 de agosto de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 00631-2020-JUS/TTAIP de fecha 27 de julio de 2020, interpuesto por FRANCISCO WALTER GONZALES UCEDA contra la Carta N° 139-2020-DDG/CAL de fecha 13 de julio de 2020 a través de la cual el COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 9 de julio de 2020.
El recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“(…) me brinden información, respecto a las demandas, acciones de garantías, tercerización, medidas cautelares u otras acciones judiciales, que han iniciado los candidatos a consecuencia de las Elecciones para Decano, Junta de Vigilancia, Delegados del periodo 2020-2021. Y para que sea más diligente sus acciones, con solo expedirme: Número de Expediente, Numero Juzgado o Sala, Materia, Juez y Secretario del proceso, daré por satisfecho mi pedido”.
El recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“(…) me brinden información, respecto a las demandas, acciones de garantías, tercerización, medidas cautelares u otras acciones judiciales, que han iniciado los candidatos a consecuencia de las Elecciones para Decano, Junta de Vigilancia, Delegados del periodo 2020-2021. Y para que sea más diligente sus acciones, con solo expedirme: Número de Expediente, Numero Juzgado o Sala, Materia, Juez y Secretario del proceso, daré por satisfecho mi pedido”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala