Resolución N.° 020301442020
17 de julio de 2020
VISTO el Expediente de Apelación No 00430-2020-JUS/TTAIP de fecha 2 de marzo de 2020, interpuesto por NATIVIDAD LUCERO VERA DAMIÁN contra el Informe N° 048-2020-7R0200 de fecha 14 de febrero de 2020 emitido por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – SUNAT mediante el cual denegó su solicitud de acceso a la información pública de fecha 11 de febrero de 2020.
La recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“(…)
1. Número de contribuyentes de la Intendencia Regional de Lambayeque (PRICO y MEPECO) a los que se les haya iniciado proceso de fiscalización durante los años 2010 hasta el año 2019 (en trámite y concluidos).
2. Número de contribuyentes de la Intendencia Regional de Lambayeque (PRICO y MEPECO), que por los ejercicios 2010 hasta el ejercicio 2019, se les haya determinado Incremento patrimonial no justificado.
3. Del universo señalado en el ítem 2), señalar el número de contribuyentes de la Intendencia Regional de Lambayeque (PRICO y MEPECO) que como consecuencia de la determinación del Incremento patrimonial no justificado por el ejercicio 2010 hasta el ejercicio 2019 hayan sido denunciados penalmente por delito fiscal.”
La recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“(…)
1. Número de contribuyentes de la Intendencia Regional de Lambayeque (PRICO y MEPECO) a los que se les haya iniciado proceso de fiscalización durante los años 2010 hasta el año 2019 (en trámite y concluidos).
2. Número de contribuyentes de la Intendencia Regional de Lambayeque (PRICO y MEPECO), que por los ejercicios 2010 hasta el ejercicio 2019, se les haya determinado Incremento patrimonial no justificado.
3. Del universo señalado en el ítem 2), señalar el número de contribuyentes de la Intendencia Regional de Lambayeque (PRICO y MEPECO) que como consecuencia de la determinación del Incremento patrimonial no justificado por el ejercicio 2010 hasta el ejercicio 2019 hayan sido denunciados penalmente por delito fiscal.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala