Resolución N.° 020301412020
17 de julio de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 00197-2018-JUS/TTAIP de fecha 25 de junio de 2018, interpuesto por RAÚL MARTÍN RAMÍREZ JARA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA con fecha 14 de mayo de 2018, registrado como Expediente 08-2018-20650.
El recurrente solicitó a la entidad que se le remita a su correo electrónico la siguiente información: “Registro de control de visitas de Rafael Lozada Mendoza a la Sede Central, Edif.P.Bermudez, Enc.TSRA y J.Prado en el periodo 01/08 al 31/12/2017, se requiere sus ingresos (visitante)”.
El recurrente solicitó a la entidad que se le remita a su correo electrónico la siguiente información: “Registro de control de visitas de Rafael Lozada Mendoza a la Sede Central, Edif.P.Bermudez, Enc.TSRA y J.Prado en el periodo 01/08 al 31/12/2017, se requiere sus ingresos (visitante)”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala