Resolución N.° 020301182020

10 de julio de 2020

VISTO el Expediente de Apelación N° 00031-2018-JUS/TTAIP de fecha 5 de febrero de 2018, interpuesto por WALDO ALVAREZ VALLE contra la CARTA N° 131-2017- INPE/18-04-RRHH, notificada el 27 de noviembre de 2017, mediante la cual el INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO denegó las solicitudes de acceso a la información pública presentadas con fecha 25 de setiembre y 31 de octubre de 2017.

El recurrente solicitó informe respecto:

“1. A cuánto asciende el personal que labora actualmente en el Establecimiento Penitenciario San Pedro – Lurigancho;
2. Se me informe y detalle quienes son, a qué régimen laboral pertenecen dichos trabajadores (276, Cas y otro), que tiempo de servicio cuenta cada trabajador y la fecha de su designación a dicho establecimiento penitenciario;
3. Se me informe de manera detallada que tiempo de servicio tienen los siguientes trabajadores: Omar Basurto Ampudía, 2. Jhonny Feliciano Ortiz y 3. Juan Gutierrez Lloclla; y que tiempo prestando servicios en el Establecimiento Penitenciario San Pedro – Lurigancho y desde cuándo fueron designados”. [sic]

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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