Resolución N.° 010303862020
17 de junio de 2020
La recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico “(…) copia del documento emitido por Gerencia General de SEDALIB S.A. que pone en vigencia el procedimiento sancionador adecuado al mandato de los Art. 29° y 35.1 del D.S. N° 019-2017-JUS, garantizando la aplicación eficaz de las disposiciones previstas por el ‘Título V Régimen Sancionador’ del D.S. N° 021-2019- JUS y el ‘Título VII Procedimiento Sancionador’ del D.S. N° 072-2003-PCM y modificatoria, en armonía con lo determinado por el ‘Título V Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador’ y el Primer Párrafo de la ‘Décima Disposición Complementaria Transitoria’ de la Ley N° 30057 del Servicio Civil”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala