Resolución N.° 010301882020

11 de febrero de 2020

El recurrente solicitó a la entidad copias fedateadas la siguiente documentación:

1. "Informe Técnico Nº 16-2009/GC de fecha 30 de julio de 2009 que exonera de concurso público, la contratación del servicio de prestación de servicios para las actividades de gestión comercial en el ámbito de los centros de servicios de los equipos comercia/es Ate Vitarte, Breña y San Juan de Lurigancho.
2. Informe Técnico Nº 0005-2009-ECB del equipo comercial de Breña de fecha 17 de julio de 2009, respecto a la viabilidad legal para iniciar las gestiones de contrato por exoneración por causal de desabastecimiento inminente los servicios de actividades comercia/es en el ámbito de los equipos comerciales de los centros de servicios Ate Vitarte, Breña, San Juan de Lurigancho".

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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