Resolución N.° 001948-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
31 de agosto de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 01611-2021-JUS/TTAIP de fecha 12 de agosto de 2021, interpuesto por ELIGIO JUNIOR MARCHAN RUIZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES con fecha 20 de julio de 2021, registrado con Número 16922.
Con fecha 20 de julio de 2021, el recurrente solicitó a la entidad le remita copias simples legibles y completas, de la siguiente información, relacionada al contrato de ejecución de la obra: “Mejoramiento del servicio de saneamiento básico del sector vía canal del Barrio San José, provincia de Tumbes”:
“- Documento del consultor de obra y/o proyectista que sustenta la elaboración del expediente técnico de obra.
- Documento emitido por el suscriptor que otorgó la conformidad y/o autoriza la aprobación del expediente técnico de la obra.
- Documento emitido por el Sub Gerente de Estudios Técnicos que otorgó la conformidad y/o autoriza la aprobación del expediente técnico de obra.
- Documento emitido por el Gerente de Desarrollo Rural y Urbano que otorgó la conformidad y/o autoriza la aprobación del expediente técnico de la obra”.
Mediante escrito de fecha 12 de agosto de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001813-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Con fecha 20 de julio de 2021, el recurrente solicitó a la entidad le remita copias simples legibles y completas, de la siguiente información, relacionada al contrato de ejecución de la obra: “Mejoramiento del servicio de saneamiento básico del sector vía canal del Barrio San José, provincia de Tumbes”:
“- Documento del consultor de obra y/o proyectista que sustenta la elaboración del expediente técnico de obra.
- Documento emitido por el suscriptor que otorgó la conformidad y/o autoriza la aprobación del expediente técnico de la obra.
- Documento emitido por el Sub Gerente de Estudios Técnicos que otorgó la conformidad y/o autoriza la aprobación del expediente técnico de obra.
- Documento emitido por el Gerente de Desarrollo Rural y Urbano que otorgó la conformidad y/o autoriza la aprobación del expediente técnico de la obra”.
Mediante escrito de fecha 12 de agosto de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001813-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala