Resolución N.° 001829-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
18 de agosto de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01521-2021-JUS/TTAIP de fecha 27 de julio de 2021, interpuesto por KAREN JOHANNA JARA RAMÍREZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD mediante Registro N° 0179-2021-NIT-0021218 de fecha 24 de junio de 2021.
Con fecha 24 de junio de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad que se le remita a su correo electrónico “(...) los Memorandos N° 01, 02, 03, 04 y 05-2021, emitidos por la Oficina de Integridad.” (sic)
Con fecha 27 de julio de 2021 la administrada interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001703-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, siendo que hasta la fecha no se recibió documentación alguna.
Con fecha 24 de junio de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad que se le remita a su correo electrónico “(...) los Memorandos N° 01, 02, 03, 04 y 05-2021, emitidos por la Oficina de Integridad.” (sic)
Con fecha 27 de julio de 2021 la administrada interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001703-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, siendo que hasta la fecha no se recibió documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala