Resolución N.° 001749-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

9 de agosto de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 01438-2021-JUS/TTAIP de fecha 14 de julio de 2021, interpuesto por WALTER MARIO ANDIA SALINAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA - GERENCIA REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO con fecha 21 de junio de 2021.
Con fecha 21 de junio de 2021 el recurrente solicitó a la entidad que se le remita a su correo electrónico “[c]opia de todo el Expediente N° 002-2021-GRA-GRTPE-DPSCL-SDRG de registro sindical del Sindicato de Profesionales en la educación de las bases de Arequipa - SIPEBA.”
Con fecha 14 de julio de 2021, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis al no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 001616-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos. Al respecto, mediante el Oficio N° 108-2021-GRA/GRTPE-L.T., ingresado con fecha 4 de agosto de 2021, la entidad remitió el expediente requerido, puntualizando que la solicitud del administrado “(...) fue atendida en copias simples en razón de que el expediente original se encuentra en forma física, por lo que se sacan las copias respectivas y los usuarios recogen las copias solicitadas, pagando el monto de 0.10 soles por cada folio solicitado.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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