Resolución Directoral N.° 502 -2020-JUS/DGDPAJ-DCMA

27 de julio de 2020

Se le impuso al Centro de Conciliación la sanción de AMONESTACIÓN ESCRITA por por notificar las invitaciones a conciliar sin cumplir con los requisitos exigidos por el artículo 17 del Reglamento; se le impuso a la conciliadora la sanción de AMONESTACIÓN ESCRITA por no observar los plazos establecidos para la convocatoria de la audiencia de conciliación que señala el artículo 12 de la Ley.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales DCMA

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