Resolución Directoral N.° 109 -2020-JUS/DGDPAJ-DCM

24 de enero de 2020

Se le impuso al Centro de conciliación la sanción de MULTA, ascendente a dos (02) URP, por no cumplir y velar que sus conciliadores cumplan con los principios y formalidad exigida para el trámite conciliatorio, esto es, el literal g) del artículo 2 y numeral 1) del artículo 14 del Reglamento; Se sanciono a la conciliadora con AMONESTACIÓN ESCRITA por llevar a cabo el procedimiento conciliatorio no cumpliendo con el principio de legalidad y la formalidad señalada en el numeral 1) del artículo 14 del Reglamento.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales DCMA

Vista preliminar de documento RD 109-2020.pdf

RD 109-2020.pdf

PDF
1.1 MB