Resolución N.° 001229-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

11 de junio de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01106-2021-JUS/TTAIP de fecha 21 de mayo de 2021, interpuesto por el ASENTAMIENTO RURAL SHINTORINI, representado por el señor Jacobo Edward Bendezú Palomino en su condición de Presidente del Asentamiento Rural Shintorini, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, el 19 de abril de 2021, la cual generó el Registro N° 3138842.
Con fecha 19 de abril de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente mediante el Oficio Nº 0023-AR-SHINTORINI/CPC/DM/PLC solicitó a la entidad se le proporcione “(…) copia íntegra, auténtica y legible, del Poder inscrito en Registros Públicos, que otorgó el Gerente General de Pluspetrol Perú Corporation S.A. en adelante Pluspetrol, a la señora Roxana Ríos Ravello, facultar y representar en el PRIMER TALLER INFORMATIVO durante la elaboración del EIA para el Proyecto Línea Conducción de Gas en el Tramo Mipaya – Pagoreni A del Lote 56, para realizar, observaciones, compromisos programa de Desarrollo Local, responder las preguntas como el Protocolo firmado con la Empresa Repsol y Petrobras, gaseoducto verde, compensaciones Sociales, y Concluir la exposición organizado y presentado por Pluspretrol Perú Corporation S.A. en el Salón Comunal Shintorini.
Asimismo, solicito copia íntegra, auténtica y legible, inscrito en Registros Públicos el PODER que otorgó el Gerente General de Pluspetrol, al Sr. Edwin Suclupe Alvarado, Sr. Benjamín Vilches, facultando, representar, asumir compromisos, responder las preguntas que se realizaron en el TALLER INFORMATIVO DESPUES DE PRESENTADO EL EIA DE LA LÍNEA DE CONDUCCIÓN DE GAS DESDE LA LOCACIÓN MIPAYA HASTA LA LOCACIÓN DE PAGORENI EN EL LOTE 56. ¿Quién organizó y quién es responsable?
Asimismo, solicito copia íntegra, autentica y legible, inscrito en Registros Públicos el PODER o acreditación que otorgó el Gerente General a la Sra. Elena Mendoza Saldívar, Sr. José Palomares de los Santos, Sr. César Delgado Salazar y Sr. Edwin Suclupe Alvarado, facultando, representar, asumir compromisos, responder las preguntas que se realizaron en la AUDIENCIA PÚBLICA N° 06 del EIA DE LA LINEA DE CONDUCCIÓN DE GAS DESDE LA LOCACIÓN MIPAYA HASTA LA LOCACIÓN DE PAGORENI EN EL LOTE 56 de fecha 15 de marzo 2011 realizado en el Comunidad Nativa de Kirigueti”.
Con fecha 21 de mayo de 2021 al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución 001127-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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