Resolución N.° 001179-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
2 de junio de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00973-2021-JUS/TTAIP de fecha 6 de mayo de 2021, interpuesto por CARLOS CHUNGA YESQUÉN contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA con fecha 19 de abril de 2021.
Con fecha 19 de abril de 2021, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad información vinculada al “contenido del oficio N° 0138-2021-ARCC/DEA/SRP, remitido por la Autoridad para la Reconstrucción Con Cambios, así como su respectiva respuesta por parte de la Municipalidad Distrital de Castilla [sic]”.
El 6 de mayo de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
A través de la Resolución 001013-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, esta instancia admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada y la formulación de sus descargos; los cuales, no fueron presentados dentro del plazo otorgado, incluido el término de distancia de ley.
Con fecha 2 de junio de 2021, con escrito denominado “OFICIO Nº 02-2021-CC” el recurrente comunica a esta instancia que, hasta la citada fecha, la entidad no le ha proporcionado la información solicitada.
Con fecha 19 de abril de 2021, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad información vinculada al “contenido del oficio N° 0138-2021-ARCC/DEA/SRP, remitido por la Autoridad para la Reconstrucción Con Cambios, así como su respectiva respuesta por parte de la Municipalidad Distrital de Castilla [sic]”.
El 6 de mayo de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
A través de la Resolución 001013-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, esta instancia admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada y la formulación de sus descargos; los cuales, no fueron presentados dentro del plazo otorgado, incluido el término de distancia de ley.
Con fecha 2 de junio de 2021, con escrito denominado “OFICIO Nº 02-2021-CC” el recurrente comunica a esta instancia que, hasta la citada fecha, la entidad no le ha proporcionado la información solicitada.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala