Resolución N.° 07-2021-JUS/CN

4 de febrero de 2021

La escritura pública redactada con la colaboración de los dependientes del oficio notarial cuyo titular se encontraba de licencia, carece de todo tipo de eficacia jurídica, siendo que sus efectos cobrarán vigencia desde el perfeccionamiento de esta con la autorización que realiza el notario a través de su firma, revistiéndola de fe notarial sobre la comparecencia de los otorgantes ante él.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2021

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