Resolución N.° 06-2021-JUS/CN

4 de febrero de 2021

Conforme al artículo 33 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, solo será posible el testado de las frases equivocadas antes de que el instrumento público haya sido suscrito; por lo que, se hace necesario investigar si el notario actuó conforme a los presupuestos del dispositivo legal en mención.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2021

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