Resolución N.° 06-2021-JUS/CN
4 de febrero de 2021
Conforme al artículo 33 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, solo será posible el testado de las frases equivocadas antes de que el instrumento público haya sido suscrito; por lo que, se hace necesario investigar si el notario actuó conforme a los presupuestos del dispositivo legal en mención.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2021