Resolución N.° 98-2020-JUS/CN

6 de noviembre de 2020

El notario debe tener extremo cuidado con los instrumentos que son del uso exclusivo de su función notarial, tales como los papeles para partes notariales, sellos, entre otros, puesto que de darse un mal uso a estas herramientas podría ocasionar un grave daño a la seguridad jurídica, surgiendo en consecuencia una infracción al deber de diligencia del notario, que podría ser sancionable de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1049.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2020

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