Resolución N.° 91-2020-JUS/CN

23 de octubre de 2020

La muerte del procesado cierra cualquier posibilidad de la realización de garantías fundamentales propias del debido procedimiento y, con ello, el logro de los fines de un proceso administrativo disciplinario, toda vez que la muerte trunca la determinación de responsabilidad individual y personal, como es en el presente caso, y desvirtúa el sentido práctico de la imposición de una sanción o una pena.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2020

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