Resolución N.° 74-2020-JUS/CN
28 de setiembre de 2020
No es posible emitir pronunciamiento alguno sobre un hecho que ya es materia de investigación en la vía penal, considerando que el derecho penal tiene preeminencia sobre el derecho administrativo, tal proceder constituiría un exceso del poder sancionador, contrario a las garantías propias de un Estado de derecho.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2020