Resolución N.° 21-2020-JUS/CN

24 de febrero de 2020

Los documentos presentados con una queja son fundamentales a fin de que se pueda evidenciar la responsabilidad del notario sobre los hechos denunciados. No obstante, las entidades deben presumir que los administrados han actuado apegados a sus deberes mientras no cuenten con evidencia en contrario. En tal sentido, de la revisión de los actuados no se podría determinar la supuesta responsabilidad del notario quejado respecto a los hechos materia de queja, más aún, cuando el notario quejado ha denunciado la falsificación de su firma en la supuesta legalización del libro de actas.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2020

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