Resolución N.° 010306202019
7 de octubre de 2019
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00476-2018-JUS/TTAIP de fecha 11 de diciembre de 2018, interpuesto por el ciudadano MARCO ANTONIO LOVERA CHAUCA contra la Carta Nº 647-2018-MINCETUR/SG/OGA-LEY Nº 27806 notificada el 4 de diciembre de 2018, mediante la cual el MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO atendió parcialmente la solicitud de acceso a la información pública presentada el 23 de noviembre de 2018.
Con fecha 23 de noviembre de 2018, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
a) Copias Certificadas de las resoluciones de autorización de los juegos de casino Punto y Banca (Dragon, Mini Punto y Banca y Midi Punto y Banca) de la empresa Golden lnvesment S.A. para la sala de juego Golden Palace.
b) Copia certificada del estudio de los porcentajes de retorno al público al que se hace mención en el inciso b) del artículo 14o del Decreto Supremo No 009-2002-MINCETUR otorgados a la empresa Golden lnvesment S.A. para la sala de juego Golden Palace.
c) Se le haga llegar las cintas de video de los últimos 15 días de los juegos de casino Punto y Banca de la sala de juego Golden Palace, conforme a lo establecido en el artículo 57o del Decreto Supremo No 009-2002-MINCETUR, en la que se visualice de forma nítida en audio y video lo establecido en los numerales a) a la g) del mencionado artículo.
Con fecha 23 de noviembre de 2018, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
a) Copias Certificadas de las resoluciones de autorización de los juegos de casino Punto y Banca (Dragon, Mini Punto y Banca y Midi Punto y Banca) de la empresa Golden lnvesment S.A. para la sala de juego Golden Palace.
b) Copia certificada del estudio de los porcentajes de retorno al público al que se hace mención en el inciso b) del artículo 14o del Decreto Supremo No 009-2002-MINCETUR otorgados a la empresa Golden lnvesment S.A. para la sala de juego Golden Palace.
c) Se le haga llegar las cintas de video de los últimos 15 días de los juegos de casino Punto y Banca de la sala de juego Golden Palace, conforme a lo establecido en el artículo 57o del Decreto Supremo No 009-2002-MINCETUR, en la que se visualice de forma nítida en audio y video lo establecido en los numerales a) a la g) del mencionado artículo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala
