Resolución N.° 010306032019

30 de setiembre de 2019

VISTO el Expediente de Apelación N° 00621-2019-JUS/TTAIP de fecha 19 de agosto de 2019, interpuesto por JORGE ARTURO PAZ MEDINA contra la Carta Nº 774-GRAAR-ESSALUD-2019, notificada el 25 de marzo del presente año1, mediante la cual el SEGURO SOCIAL DE SALUD - RED ASISTENCIAL AREQUIPA denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada con Número de Trámite 1164-2018-223 de fecha 24 de setiembre de 2018.

Mediante la Carta No 774-GRAAR-ESSALUD-2019, notificada al recurrente con fecha 25 de marzo de 2019, la entidad le comunicó respecto a los Puntos 1 al 7 y 9 a 1O de su solicitud, que dichos requerimientos no fueron formulados con claridad al solicitar una serie de documentos de forma genérica sin precisar si corresponden a informes, resoluciones, cartas u otros documentos, menos aún precisa los números, siglas, año en que se expidieron o número de expediente, otorgándole un plazo de 2 días para que aclare su pedido, caso contrario al no conocer de forma clara y cierta lo requerido se procedería a denegar y archivarse la solicitud.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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