Resolución N.° 010305742019

23 de setiembre de 2019

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00658-2019-JUS/TTAIP de fecha 28 de agosto de 2019, interpuesto por el ciudadano FERNANDO ARAUCO GRANADOS contra el Memorándum Nº 1536-2019-SUNARP-Z.R. Nº IX-UTI, notificado mediante Oficio Nº 2219-2019-SUNARP-Z.R.NºIX/UADM el 19 de agosto de 2019, mediante el cual la ZONA REGISTRAL IX - SEDE LIMA - SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS (SUNARP)1 denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con Hoja de Trámite N° 09 01-2019-037569 de fecha 6 de agosto de 2019.

Con fecha 6 de agosto de 2019 el recurrente solicitó a la entidad información sobre la estadística relativa al número de divorcios notariales inscritos en Lima Metropolitana del año 2018. Mediante el Memorándum No 1536-2019-SUNARP-Z.R. No IX-UTI, notificado el 19 de agosto de 2019, la entidad denegó la solicitud del recurrente señalando no era posible atender lo solicitado toda vez que no se registra un tipo de divorcio por trámite específico, esto es vía judicial, notarial o municipal.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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