Resolución N.° 010305252019

5 de setiembre de 2019

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00555-2019-JUS/TTAIP de fecha 1 de agosto de 2019, interpuesto por la ASOCIACIÓN DE GRADUADOS Y ESTUDIANTES DE LA ESCUELA NACIONAL DE MARINA MERCANTE1, representada por Tomás Soldevilla Guerra, contra la Carta Nº 0596-2018/ENAMM/DIR, notificada el 22 de mayo de 2018, mediante la cual la ESCUELA NACIONAL DE MARINA MERCANTE "ALMIRANTE MIGUEL GRAU" denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada el 7 de mayo de 2018.

Mediante Oficio No 036-2018-/ASGENAM de fecha 7 de mayo de 2018, la asociación recurrente solicitó información sobre las siguientes personas: Roberto Salomón Leí Arbildo, Percy Suazo Del Águila, Eduardo Cochella Maldonado, Lorena Bellina Schrader, Norma Alcalá Paz, Marco Roberto Salomón Leí Tessile y Sara Evelyn Farfán Cuba, así como sobre el Estudio de Abogados Muñiz, respecto a su relación laboral y/o prestación de servicios.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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