Resolución N.° 30-2018-JUS/CN

8 de mayo de 2018

La solicitud de apertura de procedimiento administrativo disciplinario no implica un pronunciamiento sobre el fondo o adelanto de opinión, solo da mérito a la calificación de un documento que contiene una queja o una denuncia presentada por un usuario, la cual debe encontrarse sujeta a elementos suficientes para solicitar la apertura.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2018

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