Resolución N.° 12-2018-JUS/CN

5 de marzo de 2018

De la revisión de la escritura pública de testamento otorgado se aprecia que la notaria procedió a identificar al otorgante y a los testigos consignando todos sus datos personales y generales de ley, incluyendo sus documentos de identidad nacional en la parte introductoria del testamento. Además, la notaria quejada comprobó la capacidad del testador con los certificados médicos presentados, así como con la presencia de su médico de cabecera como testigo del acto. Asimismo, se aprecia que la notaria quejada dejó constancia en la escritura pública de testamento de haber advertido a los interesados sobre los efectos legales del testamento, y de haber leído al testador cada una de las cláusulas que conformaban dicho instrumento público habiendo dado la notaria fe de dicho acto.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2018

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