Resolución N.° 03-2018-JUS/CN
1 de febrero de 2018
El notario tiene la obligación de expedir traslados o emitir copias certificadas de los documentos que se encuentren en su archivo notarial, salvo las excepciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, relacionadas a las prohibiciones o derechos del Notario. Además, no podrá ser materia de prescripción adquisitiva de dominio en vía notarial los predios que sean eriazos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2018